Reclaman a Nación que reglamente la exención del impuesto PAIS para importaciones de la industria energética

Se trata de la ampliación de 7,5% del impuesto PAIS para la compra de divisas para las importaciones de bienes y servicios. En los hechos, la adquisición de dólares para compras en el exterior tendrá el cobro del impuesto PAIS de 25%, al que ahora se suma una alícuota de 7,5%.

Actualidad05/08/2023Desafío EnergéticoDesafío Energético
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La Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) le envió una carta a Alberto Fernández, Sergio Massa y Flavia Royón para reclamarles que reglamenten “a la mayor brevedad posible” la exención del cobro del impuesto PAIS para la compra de dólares para importaciones. Podría haber un impacto en las tarifas de servicios públicos y en el autoabastecimiento de hidrocarburos, señaló la entidad.

Compañías petroleras agrupadas en la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) le enviaron una carta al gobierno para que reglamente la exención del cobro del impuesto PAIS (Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) a la compra de dólares para las importaciones vinculadas a la generación de energía. La carta fue enviada este jueves al presidente Alberto Fernández, al ministro de Economía, Sergio Massa, y a la secretaria de Energía, Flavia Royón.

La entidad argumenta que, si no se reglamenta la exención, el impuesto PAIS podría generar un incremento de los costos del sector energético que podrían tener “un eventual impacto en las tarifas de los servicios públicos”, remarca la nota. Además, podría “poner en riesgo la provisión de insumos necesarios para mantener la generación de energía”, donde incluye a los consumidores residenciales e industriales, y podría “poner en riesgo el autoabastecimiento de hidrocarburos”.

Decreto

El decreto 377 publicado el lunes 24 de julio es parte del paquete de medidas que impulsó Massa ante la escasez de dólares en las reservas y luego de renegociar el acuerdo con el FMI. El artículo dos subraya que están exentos los “bienes vinculados a la generación de energía, en los términos que establezca la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía”.

Se trata de la ampliación de 7,5% del impuesto PAIS para la compra de divisas para las importaciones de bienes y servicios. En los hechos, la adquisición de dólares para compras en el exterior tendrá el cobro del impuesto PAIS de 25%, al que ahora se suma una alícuota de 7,5%.

En la nota de la CEPH, firmada por el director Ejecutivo Manuel García Mansilla, la cámara valora la exención del impuesto para el sector de generación de energía porque evita que se “quiebre la ecuación económica de los proyectos”. Pero, pide que se reglamente “a la mayor brevedad posible” la medida.

Actividad

Otro reclamo de la cámara petrolera es que la reglamentación sea a la “actividad” y no en “función de mercadería según Nomenclatura Común del Mercosur” por la gran cantidad de ítems y actividades que tiene la generación de energía y para evitar “olvidos u errores” que pudieran generar que empresas queden excluidas de la exención del cobro del impuesto PAIS.

La CEPH incluso fue más allá y le propuso al gobierno que la redacción de la reglamentación exprese literalmente así: “se encuentran exentos los bienes vinculados a la generación de energía hidrocarburífera que sean importados por las empresas que desarrollan la referida actividad, incluyendo a sus contratistas, subcontratistas y proveedores”. Es decir, aclara la cámara, “a toda la cadena de suministro de la actividad de generación de energía hidrocarburífera”.

Además, pide que se aclara en la reglamentación o en un decreto complementario que publica el Poder Ejecutivo que “la exención otorgada a los bienes vinculados a la generación de energía incluye a los servicios y fletes vinculados a la citada actividad”.

econojournal.com.ar

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